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SEGUROS DE IMPAGO DE ALQUILER

Las garantías clave para poner tu vivienda o local comercial en alquiler.

 

 

- Impago de alquileres.

- Defensa y Reclamación del contrato de arrendamiento.

- Asistencia jurídica telefónica 24 horas al día.

- Actos vandálicos al continente.

- Defensa de derechos relativos a la vivienda o local.

- Reclamación en contratos de mantenimiento o reparación.

- Defensa de la Responsabilidad penal.

- Defensa frente a otros seguros.

¿POR QUÉ HAS DE ASEGURAR EL INMUEBLE ARRENDADO?

        Su aterrizaje en el mercado inmobiliario español, es relativamente reciente, pero los resultados comienzan ya a saltar a la vista. Los seguros que más contratan los propietarios de inmuebles en alquiler para garantizarse el cobro de las rentas han conseguido reducir la morosidad hasta un 85%, y retrasar el inicio de posibles impagos.

        De hecho, en los alquileres que media un seguro, los impagos se retrasan hasta la novena y décima mensualidad. Por el contrario, en los arrendamientos sin seguro, los impagos empiezan a producirse desde el tercer o cuarto mes. Estos son datos de la asociación para el fomento del alquiler, Arrenta, dados a conocer durante la presentación del Observatorio Español del Seguro del Alquiler (OESA).

 

         La petición estándar que se hace al futuro inquilino es: contrato de trabajo, D.N.I., últimas dos nóminas. En el caso de impagos, es la aseguradora la que media entre arrendador y arrendatario, para que no tengas que ponerte en esa situación tan complicada. En caso de que siga el impago, se encargará de gestionar y reclamar la deuda. Mientras, el propietario sigue ingresando cada mes su mensualidad a cargo del seguro.

 

           No esperes más, protege tu vivienda. Por tan sólo el 3,04 % anual del precio de renta encontrarás todas las ventajas.

CONSÚLTANOS  881.128.811

 

 

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